sábado, 14 de mayo de 2016

Doctrina y Credo Social de la ICAB y por ende del Catolicismo Nacional

SU DOCTRINA



PRINCIPIOS DOCTRINALES:
Artículo 1°. Creemos en Dios como causa única infinita del universo principio y fin de todas las cosas.
Parágrafo único: Creemos en la unicidad de Dios, en el Padre Creador de todo cuanto existe en los cielos y en la tierra, en el Hijo, el verbo de Dios, en el Espíritu Santo que santifica el hombre dándole la esencia divina.
 Artículo 2°. La Iglesia Católica Apostólica Nacional como sintetiza la fe cristiana acepta el Credo de los Apóstoles y su confirmación dada en el Concilio de Nicea contenida en el sacramentario de San Carlos de Brasil en los modelos dictados en la fecha del 6 de julio de 1948.
Artículo 3°. Tenemos como finalidad primordial el anuncio del Evangelio Jesucristo en su integridad aceptando la Sagrada Escritura y solamente la Sagrada Escritura como regla infalible de fe y moral.
Artículo 4°. Consideramos a los Ángeles como espíritus puros que viven y actúan al servicio de Dios.
Artículo 5º. Consideramos al hombre como criatura de Dios hecho a imagen y semejanza, compuesto de alma y espíritu siendo este espíritu el soplo divino de Dios. 
Artículo 6º. Creemos en la maternidad Divina de María aceptando la concepción de Jesucristo como obra corredentora por el poder del espíritu santo.
Artículo 7º. Creemos en la salvación eterna y aceptamos que Cristo es el único mediador entre Dios y los hombres.
Artículo 8º. Creemos en la existencia de una iglesia indivisible y universal a la cual podemos conocer donde quiera que veamos la palabra de Dios echa vida.
Artículo 9º. Creemos ser parte de la Iglesia de Cristo, que es universal en la cual la ICAB está insertada y que conserva en su ministerio jerárquico por él instituido, formado por los obispos, los presbíteros y los diáconos.
Artículo 10°. Creemos en la sucesión apostólica ininterrumpida la cual garantiza el pasado histórico de la prenda del sacerdocio único de Jesucristo.
Artículo 11°. Creemos que Jesucristo transmitió los apóstoles el triple poder: Magisterio, Orden y Santificación de las almas y el gobierno y el juicio.
Artículo 12°. Creemos conforme a las enseñanzas de los Apóstoles y la práctica constante de la Iglesia Universal que los poderes por Jesucristo dado a los apóstoles fueron conferidos y transmitidos a los obispos y por estos a sus legítimos Sucesores en el transcurso de los siglos, siendo así que todos los obispos legítimamente consagrados reciben los plenos y vivos poderes para atar y desatar.
Artículo 13°. Creemos y confesamos que la acción del espíritu santo no se limita solamente a los llamados siete sacramentos, siendo éstos por ella considerados señales visibles de la gracia divina al mismo tiempo que son estás señales: el bautismo, señal de iniciación cristiana y salvación. La confirmación: es la confirmación de la fe que confiere los dones del Espíritu Santo. La Eucaristía la presencia real de Jesucristo, con su cuerpo, su sangre, su alma y su vida verdaderamente en comunión. La penitencia: Arrepentimiento sincero de los pecados a través de la contricción y la absolución. La unción de los enfermos: Señal de Gracia divina para sanar las enfermedades del hombre. El orden confiere a los que lo reciben por un sello espiritual de modo permanente y establecido por Jesucristo en la iglesia siendo así una gracia necesaria para el ejercicio del servicio sacerdotal. El matrimonio: Para la unión del hombre y la mujer por el amor y para la formación de la familia.
Artículo 14°. Practicamos el culto de latría única y exclusivamente a Dios interna y externamente siempre y cuando Solamente él es digno de adoración.
Artículo 15°. Creemos en la evolución del espíritu que solamente se elevará para participar eternamente con Dios por medio de la oración y las buenas obras.
Artículo 16°. Creemos en la fuerza de la oración de fe que es usada como un medio de la evolución del espíritu para su participación eterna con Dios y para la trasformación de su alma.
Artículo 17°. Creemos en la acción del Espíritu Santo sobre el Ministerio de la iglesia.
Artículo 18°. Creemos en el arrepentimiento y la aceptación de Cristo a través de la cual el hombre es justificado delante de Dios.
Artículo 19°. Creemos en la cura divina a través de la fe.
Artículo 20°. Creemos en la segunda venida de Cristo.
Artículo 21°. Creemos que las señales de la gracia divina: el bautismo la confirmación y el orden que imponen un carácter inteligible.
Artículo 22°. Creemos que solamente serán válidas las ordenaciones de diáconos, presbíteros y las consagraciones episcopales que han sido conferidas por obispos detentores de la legítima sucesión apostólica y de las rectas intenciones con las que han sido conferidas.


Dom Josivaldo Pereira, Obispo Presidente de ICAB

SU CREDO SOCIAL:

 Artículo Primero: La Iglesia Católica Apostólica Nacional reafirma su responsabilidad misionera cristiana en la lucha por la liberación del hombre como lo manda y expone la palabra de Dios: Antiguo y Nuevo Testamento, consustancial al manifiesto a la nación de Don Carlos Duarte Costa.

 Artículo Segundo: Esa conciencia y responsabilidad social constituye la herencia cristiana libertadora.

Artículo Tercero: El ejercicio pleno de esta misión es inseparable de la confesión de fe confesada por la Iglesia.

 Artículo Cuarto: La Iglesia participa con su apoyo incondicional en los propósitos de unidad cristiana con todos los hombres en busca de esa misma unidad.

Artículo Quinto: Esperamos en Dios creador de todas las cosas, que se ha sido revelado en la sagrada escritura y que el mismo ha revelado estas sagradas escrituras como padre toda la familia humana, fuente de la justicia que se manifiesta en el hombre en una responsabilidad y misión para la construcción de un nuevo orden económico y social por el bienestar de todos los seres humanos.

Artículo Sexto: Creemos en Dios que creó a los hombres no en un Dios creado por los hombres, y que por su testimonio a favor de los pobres y oprimidos fue condenado a muerte en la cruz.

 Artículo Séptimo: Creemos en Cristo que reconciliando a la humanidad consigo y con el mundo ha creado un nuevo orden social perdonando los delitos de los hombres, enviándolos para ser testimonios y agentes de justicia.

 Artículo Octavo: Creemos que el reino de Dios y su justicia no se encuentran condicionados a una determinada iglesia, más a todos los hombres que procuran Construir la paz fundamentada en la justicia libertadora.

 Artículo Noveno: Creemos que los evangelios como fuente de liberación y que en Jesús toman forma humana, confiriendo al hombre el poder libertador sobre el egoísmo y la fuerza del mal las cuales se manifiestan en las estructuras sociales que buscan destruir al hombre bajo engaños de progreso que los limitan al goce de los bienes naturales.

 Articulo Decimo: Creemos que la gran comunidad cristiana que confiese y profesa a Jesucristo como Dios y Salvador y es servidora del Señor en su responsabilidad misionera y como consecuencia de su adhesión al mensaje de Cristo para que el mundo crea no puede vivir dividid acusándose mutuamente y negando en si la propia esencia del Evangelio.

 Articulo Decimoprimero: Creemos que la justicia se fundamenta en el amor entre los hombres y no en la violencia pues Dios es amor.

 Articulo Decimosegundo: Creemos que Jesús dejo en la tierra a los hombres para que ellos vivan en paz, siendo así que los recursos humanos y tecnológicos de la ciencia moderna deben ser colocados al servicio la dignidad humana. Igualmente defendemos la reforma agraria justa, para que a todos desde las mismas condiciones sean beneficiados, siendo reprobable que una minoría de ostente el monopolio de la tierra en detrimento de millones que viven sin abrigo y en condiciones de sobrevivencia.

 Articulo Decimotercero: Creemos que el verdadero culto prestado a Dios es el fundamento de la justicia y la Caridad.

 Artículo Decimocuarto: La Iglesia se endosa a la declaración universal de los Derechos Humanos en la defensa de la vida humana,  la manutención y el progreso social, siendo condenado todo tratamiento cruel, inhumano y degradante contra cualquier ser humano.

 Aprobado en sesión plenaria del Concilio extraordinario de la Iglesia Católica apostólica brasileira realizada en Brasilia DF el 18 de enero de 1990. Siendo Patriarca Mons. Luis Fernando Castillo Mendez y Presidente de la ICAB.


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